La Resolución Miscelánea Fiscal (RFM) para 2022 agrupa aquellas disposiciones de carácter general aplicables a impuestos, productos, aprovechamientos, contribuciones de mejoras y derechos federales, excepto a los relacionados con el comercio exterior.
La RMF permite a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones fiscales en forma oportuna y adecuada, por lo cual el Servicio de Administración Tributaria (SAT) expide anualmente dichas reglas.
Así mismo como parte de la RMF 2022 se dan a conocer los siguientes Anexos (resaltamos los de mayor uso)
Anexo | Descripción |
1 | Formas oficiales aprobadas por el SAT |
1-A | Trámites fiscales. |
2 | Contiene los porcentajes de deducción opcional aplicable a contribuyentes que cuenten con concesión, autorización o permiso de obras públicas. |
3 | Criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales |
5 | Contiene las cantidades actualizadas establecidas en el CFF. |
6 | ''Catálogo de Actividades Económicas'' |
7 | Criterios normativos en materia de impuestos internos |
8 | Tarifas aplicables a pagos provisionales, retenciones y cálculo del impuesto. |
9 | ''Tabla a que se refiere la regla 3.15.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019, para la opción de actualización de deducciones que señala el artículo 121 de la Ley del ISR''. |
11 | Catálogo de claves (tipo de producto, nombres genéricos bebidas alcohólicas, entidad federativa, graduación alcohólica, de empaque, unidad de medida, rectificaciones) |
12 | Entidades federativas y municipios que han celebrado con la Federación convenio de colaboración administrativa en materia fiscal federal, para efectos del pago de derechos. |
13 | Áreas geográficas destinadas para la preservación de flora y fauna silvestre y acuática. |
14 | Listado de organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del ISR. |
15 | Respecto del ISAN |
16 | Guía para la presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público inscrito. |
16-A | Instructivos de integración y de características del SIPRED 2021 |
17 | Proveedores de Servicio Autorizado y los Órganos Certificadores de Juegos con Apuestas y Sorteos. |
19 | Contiene las cantidades actualizadas establecidas en la Ley Federal de Derechos. |
20 | ''Medios electrónicos''. |
22 | Conteiene las ciudades que comprenden dos o más Municipios, conforme al Catálogo Urbano Nacional 2012 |
23 | Contiene el domicilio de las Unidades Administrativas del SAT. |
24 | Contabilidad en Medios Electrónicos. |
25 | Acuerdo entre SHCP y el Departamento del Tesoro en relación con FATCA. |
25-Bis | Obligaciones Generales y Procedimientos de Identificación y Reporte de Cuentas Reportables (CRS) |
26 | Códigos de Seguridad en cajetillas de cigarros. |
27 | Cuotas actualizadas del Derecho de Exploración de Hidrocarburos y del Impuesto por la Actividad de Exploración y Extracción de Hidrocarburos |
28 | Obligaciones y requisitos de los emisores de monederos electrónicos utilizados en la adquisición de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres y de vales de despensa. |
29 | Documentos normativos técnicos adicionales al Anexo 20 |
30 | ''Especificaciones técnicas de funcionalidad y seguridad de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos''. |
31 | ''De los servicios de verificación de la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos para llevar los controles volumétricos y de los certificados que se emitan''. |
32 | ''De los servicios de emisión de dictámenes que determinen el tipo de hidrocarburo o petrolífero, de que se trate, y el octanaje en el caso de gasolina, y de los dictámenes que se emitan''. |
La RMF 2022 tendrá una vigencia del 1 de enero al 31 de diciembre 2022. Durante el transcurso de este año se publicarán los siguientes anexos 1, 1-A, 3, 5, 7, 8, 11, 14, 15, 16, 16-A, 17, 19, 20, 26, 27, 29, 30, 31 y 32 y se modifica el Anexo 25-Bis de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020.
Se prorrogan los anexos 2, 6, 9, 12, 13, 22, 23, 24, 25 y 28 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente hasta antes de la entrada en vigor de la presente Resolución, hasta en tanto no sean publicados los correspondientes a esta Resolución.
Como se observa será necesario verificar que el anexo de la RMF que se pretenda utilizar sea al que corresponda a 2022.
Más información asap@asapsc.mx | www.asapsc.mx
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