A continuación se relacionan algunos de los principales "avisos" y las fechas más importantes a considerar por las personas físicas que desean ingresar el nuevo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) en 2022, recuerda este régimen es "opcional".
1. Actualización por parte del SAT.
Regla 3.13.27. MF 2022
La autoridad fiscal actualizará las obligaciones fiscales de los contribuyentes personas físicas, basándose en la información con la que cuenta en sus registros al 31 de diciembre 2021, llevándola a cabo a más tardar el 6 de enero 2022.
2. Opción para presentar el aviso de inscripción en el RFC en RESICO.
Regla 3.13.1. MF 2022
Las personas físicas que soliciten su inscripción en el régimen simplificado de confianza deberán realizarlo con la ficha de trámite 39/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas” a más tardar el 31 de enero del ejercicio de que se trate.
3. Aviso de actualización de actividades económicas.
Regla 3.13.2. MF 2022
Los contribuyentes personas físicas tributen en un régimen vigente distinto a RESICO podrán optar por tributar en este régimen presentando la ficha de tramite 71/CFF “Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones” Anexo 1-A, y una vez elegida dicha opción no podrán variarla en el mismo ejercicio.
4. Aviso de reanudación de actividades.
Regla 3.13.2. MF 2022
Las personas físicas que reanuden actividades podrán optar por tributar en RESICO siempre que cumplan con el artículo 113-E (estar en los supuestos para tributar en este régimen) y 113-H fracción II (no exceder del monto de los ingresos) adicionalmente presenten aviso a que se refiere la ficha de trámite 74/CFF “Aviso de reanudación de actividades” contenido en el anexo 1-A del MF 2022.
5. Aviso de PF con actividades empresariales y arrendamiento que optan por RESICO.
Regla 3.13.23. MF 2022
Las personas físicas que tributen el régimen de actividades empresariales y profesionales, así como el de arrendamiento, que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 113-E para tributar en el RESICO deberán presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones de conformidad con la ficha de trámite 71/CFF “Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones” contenida en el anexo 1-A.
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