Conforme a la Ley de Inversión Extranjera artículos 32, 33 y 35 las sociedades mexicanas que cuenten con inversión extranjera deben de renovar cada año su constancia de inscripción al registro de inversión extranjera, para lo cual deben de presentar un cuestionario económico-financiero, que contiene lo siguiente:
- Datos corporativos.
- Contables.
- Financieros.
- De empleo.
- De producción, y.
- Relativos a la actividad económica
Calendario para el envío de la información, de acuerdo con la primera letra del nombre o razón social de la empresa.
De la A a la J, durante abril de cada año, y
De la K a la Z, durante mayo de cada año.
El instructivo de llenado indica que están obligados a presentar este informe únicamente cuando alguna de las siguientes cuentas sea mayor a $110,000,000 pesos:
- Activo total inicial, final
- Pasivo total inicial, final
- Ingresos en el país o exterior
- Costos y gastos en el país o exterior.
Adicionalmente se tienen que presentar avisos trimestrales cuando:
- Se modifica el Nombre, Denominación o Razón Social.
- Se modifique el Domicilio Fiscal.
- Se modifique la Actividad Económica.
La sanción por no realizar el envío va de los 30 a 100 valor UMA.
Para mayor asap@asapsc.mx